La Comisión Especial de Vigilancia del Informe General e Informes Individuales de las Cuentas Públicas aprobó 52 dictámenes individuales y el Dictamen del Informe General correspondientes a la fiscalización del ejercicio 2024, con dos votos a favor y uno en contra, determinando declarar como “no revisada” la Cuenta Pública.
La revisión contempló el análisis de 2 organismos autónomos, 29 entidades paraestatales, 16 municipios y 5 entidades paramunicipales; sin embargo, la Comisión concluyó que existen deficiencias estructurales que impiden validar los resultados del proceso de fiscalización.
De acuerdo con el dictamen, la decisión se sustenta en un análisis técnico, jurídico y estadístico, y no en criterios políticos, al identificarse inconsistencias que comprometen la confiabilidad del ejercicio.
Entre los principales hallazgos destaca una cobertura limitada, ya que solo se auditó el 57.7 por ciento de los entes públicos, dejando fuera al 42.3 por ciento del universo fiscalizable. Asimismo, se revisó únicamente el 64.9 por ciento del gasto público auditable, lo que reduce significativamente el alcance real de la fiscalización.
También se detectó falta de evidencia documental clave del proceso de auditoría, como planeación, metodología y expedientes, lo que impide verificar los trabajos realizados. A esto se suman incumplimientos en los objetivos de fiscalización, al no acreditarse evaluaciones de desempeño, cumplimiento de metas ni revisión integral del gasto.
El dictamen señala además deficiencias en el contenido de los informes, inconsistencias metodológicas —como la ausencia de un modelo claro de muestreo— y asimetrías en los resultados entre entes fiscalizados, sin justificación técnica suficiente.
Otro punto relevante es la identificación de riesgos en materia de legalidad, como la inclusión de datos personales en informes públicos y posibles afectaciones al principio de presunción de inocencia.
La Comisión advirtió que esta determinación no tiene precedentes en la última década, lo que refleja la magnitud de las irregularidades detectadas y la necesidad de fortalecer el sistema de fiscalización en el estado.
Finalmente, se precisó que declarar como “no revisada” la Cuenta Pública no exime responsabilidades ni detiene procedimientos legales en curso, sino que abre la puerta a una revisión más rigurosa y al fortalecimiento de los mecanismos de rendición de cuentas.






