La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el registro de personas infractoras en materia de violencia política de género (VPG) no implica una causal de inelegibilidad.

Al analizar los lineamientos que emitió el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre elección consecutiva para senadurías y diputaciones por ambos principios para el proceso electoral federal 2023-2024, el Tribunal revisó el deber que se atribuyó a los partidos políticos de tomar en cuenta, previo a la solicitud del registro de las candidaturas, si alguna de ellas está inscrita en el registro de personas infractoras en materia de VPG y, de ser el caso, valorar la pertinencia de su postulación.

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